Cumple con las medidas alternativas a la LGD/LISMI
La Ley General de Discapacidad (LGD/LISMI) propone a las empresas que tienen más de 50 trabajadores contratar al menos a un 2% de trabajadores con discapacidad, es un requerimiento legal y a la vez un compromiso social por parte del sector privado, pero cuando las empresas por diferentes razones tengan especiales dificultades para poder contratar a personas con discapacidad, pueden optar por medidas alternativas que les beneficien directamente.
Pueden realizar donaciones o acciones de patrocinio de carácter monetario a favor de fundaciones o asociaciones de utilidad pública que su objetivo social sea, entre otros, la formación e inserción laboral de las personas con discapacidad.
En este caso se harán cargo de un importe del 1,5 IPREM (Indicador público de Renta de Efectos Múltiples) anual por cada persona con discapacidad que no se ha contratado. Para el año 2017 son 11.182,71 euros (1,5 veces el IPREM de 7.455,14 euros).
Otra opción es contratar servicios, bienes o suministros en un centro especial de ocupación o con un trabajador autónomo con discapacidad. En este caso el importe anual de contratación tiene que ser, al menos, 3 veces el IPREM por cada trabajador con discapacidad no contratado. Para el año 2017 son 22.365,42 euros (tres veces la IPREM de 7.455,14 euros).